Acta de Defunción Estado de México 2021: Entérate

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Una de las palabras que más se está buscando los mexiquense es acta de nacimiento estado de México 2021.

Ante esto, UN1ÓN Edomex realizó un búsqueda sobre cómo conseguir este documento además del costo del mismo. 

Costo y quién realiza trámite Acta de Defunción Edomex 2021

El gobierno del Estado de México a través de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos realiza el trámite del acta de defunción, el cual es gratuito.

Y es que en el portal de la Dirección General del Registro Civil se señala “trámites gratuitos que ofrece la Dirección General del Registro Civil Registro acta de nacimiento (menores de un año), Registro extemporáneo (cumpliendo los requisitos previstos en la ley), Clave CURP (alta, baja, modificación y/o consulta) y Acta de defunción.

Ficha del trámite acta de defunción Edomex 2020

La dependencia estatal indica que la duración del trámite es de una hora con 30 minutos, es permanente y se realizan cuando ocurre un fallecimiento.

Requisitos para trámite del acta defunción Edomex 2020

Aquí te decimos los requisitos que debes hacer para realizar el trámite del acta de defunción.

Un dato importantes es que toda la documentación debes ser original.

  • Solicitud que contendrá firma(s) y huella(s) de quien(es) comparece(n).
  • Certificado médico de defunción en formato autorizado por la Secretaría de Salud, expedido por médico titulado o persona legalmente autorizada por la autoridad sanitaria.
  • Identificación oficial vigente y comparecencia del declarante.
  • Oficio del Ministerio Público que ordene el asentamiento del acta de defunción y en su caso, la orden de inhumación y/o cremación correspondiente, cuando el deceso se hubiera dado por causas violentas y/o sospechosas.
  • Copia del permiso del sector salud que autoriza su traslado, cuando el cadáver vaya a ser inhumado o cremado en otra entidad o a una distancia mayor a los 100 kilómetros del lugar en que ocurrió el deceso.
  • Permiso del sector salud para inhumar o cremar, durante las primeras doce horas y después de las cuarenta y ocho horas, de ocurrido el mismo.
  • Oficio de liberación del cuerpo, expedido por la institución autorizada del sector salud, cuando haya sido donado para fines de docencia o de investigación.
  • Copia certificada de la Carpeta de Investigación y/u oficio derivado de la misma, cuando el cadáver de persona desconocida haya sido identificado.
  • El/la Oficial solicitará la constancia expedida por el administrador del panteón, donde conste el lugar en que se inhumó o cremó el cadáver, cuando no haya sido asentada el acta dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes al deceso.

Si quieres conocer más, pulsa aquí.

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